Trámites Frecuentes
 
Departamento del Ambiente

COMPIN

Farmacia
Profesiones Médicas
Subsidios
Salud Ocupacional

Departamento del Ambiente

Requisitos Generales

Se deben considerar como norma general para todo tipo de establecimientos de alimentos:

  • No se autorizarán establecimientos que no cumplan con alguno de los requisitos necesarios para el rubro, por lo tanto no se autorizan lo establecimientos con convenios de mejoras.
  • En todos los antecedentes debe existir completa coincidencia de identificación, dirección, rubros, pues al dictarse una resolución ésta no puede ser modificada.
  • En un establecimiento que tenga más de un rubro, las exigencias que se aplican deben corresponder al rubro que tenga mayor importancia epidemiológica.
  • En un establecimiento que tenga más de un rubro, la superficie base es del rubro que tenga mayor superficie exigida, mas el 50% de la superficie del rubro adicional si existe compatibilidad técnica para ser autorizado.
  • Las superficies estipuladas en el presente documento son las mínimas para la instalaciones de una actividad determinada.
  • No se autorizarán establecimientos de elaboración de alimentos en inmuebles con piso superior sobre sala de elaboración a no ser que tenga cielo de estructura sólida.
  • Todo establecimiento de elaboración de alimentos cuyas exigencias de superficie no estén indicadas en el presente documento, se deberá fijar la superficie mínima para sala de elaboración, mas las instalaciones anexas que se indiquen, de acuerdo a niveles reales de producción, tipo de alimento, proceso, etc.
  • Se autorizarán estructuras metálicas modificadas como buses o similares móviles para la elaboración de alimentos de bajo riesgo epidemiológico.Para ello el local debe tener una ubicación definitiva y estar conectado a red de agua potable y alcantarillado. En determinadas ocasiones se podrá considerar autorizar la elaboración de productos y expendio al paso, en móviles de acuerdo a la implementación sanitaria con abastecimiento directo de agua potable proveniente de estanque propio en volumen suficiente y evacuación de aguas servidas a estanque propio en volumen suficiente, debiendo contar con un lugar autorizado para su evacuación. También se deberá fijar lugares de instalación debidamente autorizado por la municipalidad respectiva.

 

webmaster@ssvaldivia.cl
Servicio de Salud Valdivia