Al
Departamento de Finanzas le corresponde:
a) estudiar y proponer, de acuerdo a los lineamientos generales que
imparte la Subdirección Administrativa, el proyecto de presupuesto
del Servicio, en conformidad con las normas vigentes en la materia;
la asignación de los recursos presupuestarios a los establecimientos
de acuerdo con los programas de salud; las modificaciones presupuestarias
que el estado de avance de la ejecución aconseje; y las distribución
de los aportes, según el criterio fijado por el Ministerio y
las posibilidades de ingresos propios de los establecimientos
b) velar por la correcta utilización de los recursos financieros
del Servicio por parte de sus establecimientos y dependencias
c) participar en la ordenación, coordinación, supervisión
y control de las operaciones financieras, contables y presupuestarias,
con arreglo a las normas y demás disposiciones a que ellas deben
sujetarse
d) elaborar, en los plazos que se establezcan, los informes requeridos
por el Sistema de Contabilidad Gubernamental, tanto de ejecución
presupuestaria, movimiento de fondos y cuentas complementarias como
de contabilidad de bienes, deuda pública y contabilidad general
e) estudiar y proponer las tarifas y aranceles correspondientes a las
prestaciones que otorgan los establecimientos del Servicio
f)
confeccionar el balance presupuestario y patrimonial anual del Servicio,
de acuerdo con las normas y procedimientos referentes a la materia
g) prestar asesoría a los establecimientos del Servicio en la
aplicación y cumplimiento de las normas e instrucciones relativas
a los mismos asuntos
h) confeccionar y mantener actualizado el inventario de los bienes muebles
e inmuebles del Servicio
i) recibir, recopilar, elaborar y consolidar la información financiera
que requieran los distintos niveles directivos y unidades asesoras del
Servicio para formular planes y programas y adoptar decisiones, así
como la que deba remitirse a la Secretaría Regional Ministerial,
al Ministerio, al Fondo Nacional de Salud y otros
j) revisar la facturación por atenciones prestadas, según
corresponda
k) cautelar los intereses financieros del Servicio, desarrollando mecanismos
de control y supervigilancia suficientes
l) velar por la correcta utilización de los aportes para pago
de subsidios por incapacidad laboral, controlando que éstos se
paguen de acuerdo a las normas e instrucciones vigentes
m) desempeñar las demás funciones y tareas que le encomienden
el Director del Servicio o el Subdirector Administrativo en el área
de su competencia
De acuerdo con el volumen y complejidad de las actividades que debe
desarrollar, el Departamento puede contar con Secciones de Presupuesto,
Contabilidad, Tesorería y Subsidios.
El Departamento de Finanzas esta a cargo de un profesional universitario,
en este caso la Sra. Guisela Isla V.