MISIÓN
Contribuir
a una mejor calidad de vida individual, familiar y laboral de los
funcionarios del Servicio de Salud Valdivia, a través de la
administración eficiente y solidaria de los recursos, que la
Ley genera en forma permanente bienes y servicios.
-
Administrar
los recursos financieros provenientes de la Institución y
de los afiliados, bajo el marco del D. Supremo N°28, de tal
forma que se traduzca permanentemente en optimizar los beneficios
para los afiliados.
-
Generar
e implantar planes y programas tendientes a mejorar la calidad de
vida de todos los trabajadores, de acuerdo con las líneas
de desarrollo de Recurso Humano y la disponibilidad de recursos
financieros.
MARCO
LEGAL
Regido
por las disposiciones contenidas en el D.S. N° 28/94 del Ministerio
del Trabajo y Previsión Social, Subsecretaría de Previsión
Social, Reglamento General para los servicios de Bienestar fiscalizados
por la Superintendencia de Seguridad Social.
D.S. N°67, reglamento Particular del Servicio de Bienestar Servicio
de Salud Valdivia
AFILIACIÓN
El
radio de acción de Bienestar abarca todos los funcionarios afiliados
que laboran en los establecimientos dependientes del Servicio de Salud
Valdivia, los cuales constituyen el grupo de imponentes activos y los
ex funcionarios del Servicio de Salud Valdivia, afiliados al Servicio
de Bienestar que constituyen el grupo de imponentes pasivos. Ambos tienen
acceso a todos los beneficios sociales establecidos en el reglamento.
El
número de afiliados al Servicio de Bienestar actualmente es de
1892 imponentes activos y 122 personas del sector pasivo, distribuidos
de la siguiente, considerando tanto el establecimiento de pertenencia,
como su afiliación al sistema de salud
| Establecimiento |
Afiliados
Fonasa |
Afiliados
Isapres |
Total |
| Dirección
S.S.V |
98 |
41 |
139 |
| Hospital
Valdivia |
996 |
182 |
1178 |
| Cons.
Externo |
53 |
16 |
69 |
| Hospital
Paillaco |
66 |
7 |
73 |
| Hospital
Los Lagos |
54 |
7 |
61 |
| Hospital
La Unión |
128 |
43 |
171 |
| Hospital
Río Bueno |
102 |
16 |
118 |
| Hospital
Lanco |
54 |
4 |
58 |
| Hospital
Corral |
22 |
3 |
25 |
ADMINISTRACIÓN
La
Dirección y Administración del Servicio de Bienestar corresponde
al Consejo Administrativo integrado por:
- El
Director del Servicio de Salud o la persona que éste designe,
quien presidirá el Consejo Administrativo integrado por:
- El
Subdirector Administrativo de la Dirección del Servicio de
Salud
- El
Subdirector Aministrativo del Hospital Base Valdivia.
- Tres
representantes de los afiliados uno de los cuales será designado
por la Asociación de Funcionarios con mayor representación
dentro de los afiliados de Bienestar.
FINANCIAMIENTO
-
Aporte
Institucional: un sueldo anual equivalente a grado 28° (EUS)
por funcionario
Monto por afiliado año 2004 $5.348 mensuales.
- Aportes
Afiliados Activos: el 1% del sueldo imponible.
-
Aportes
Afiliados Pasivos: el 0,5% de pensión imponible y el 1% del
monto correspondiente al aporte institucional.
-
Lo
establecido en la Ley N° 19553, aporte extraordinario 10% sobre
el aporte institucional.
- Intereses
de préstamos otorgados.
- Comisiones
de convenios celebrados.
-
Demás
bienes de herencias, legados, donaciones y erogaciones voluntarias
a su favor.
-
Demás
bienes o recursos que el Servicio de Bienestar obtenga a cualquier
título.